Apelación ante Audiencia Provincial de Madrid contra impunidad del plagio en tesis doctoral del magnate peruano César Acuña Peralta en Universidad Complutense de Madrid

Información
Corresponsal_Madrid 28 Marzo 2017
social youtube xornalgalicia   feed-image

Juzgado de Instrucción 42 de Madrid

Diligencias Previas 2190/2016 (apelación para ante Audiencia Provincial)

Denunciante: Dr. Miguel Ángel Gallardo Ortiz, Procurador Miguel Torres Álvarez

Denunciado: César Acuña Peralta y quien resulte responsable en Universidad Complutense

Documento con firma digital en www.miguelgallardo.es/apela-tesis-plagiada.pdf

?

D. MIGUEL TORRES ÁLVAREZ, procurador de los Tribunales colegiado en el Iltre. Colegio de Procuradores de Guadalajara, en nombre y representación del Dr. e Ing. MIGUEL ÁNGEL GALLARDO ORTIZ, con teléfono 902998352, fax 902998379 según consta acreditado en los autos, bajo la dirección técnica del abogado Dr. JOSÉ MANUEL LÓPEZ IGLESIAS, colegiado ICAM n.º 60.908, considerando el auto 814/2016 confirmado por el de fecha 9.3.17, como mejor proceda en derecho presentamos para la apelación estas ALEGACIONES:

PREVIA.- El auto que se combate ignora por completo, entre otras cosas, estos

OTROSÍ 1º digo que se proporcione a esta parte copia íntegra de todas las actuaciones con todos los escritos presentados por la defensa del acusado, cualquier escrito que conste del Ministerio Fiscal, y copia del vídeo de la comparecencia para la ratificación de la denuncia en CD virgen que se proporciona al efecto, dando plazo para ampliar este recurso considerando con tiempo suficiente todo ello.

OTROSÍ 2º digo que en caso de que la supuesta prescripción del plagio se mantenga desestimando este recurso, en resolución motivada el juzgador indique si los indicios de delitos contra la Administración se han de instruir en este procedimiento, o en pieza separada, o se pase a reparto, al menos, el punto 3º y lo correspondiente de este recurso, entendiendo como cosa no juzgada lo que no sea efectivamente resuelto en resolución judicial motivada, con pie de recurso.

Esta parte no ha recibido ningún escrito de ningún fiscal en estas diligencias, pese a que el Dr. Miguel Gallardo se personó en el Juzgado en dos ocasiones. Tampoco hemos recibido la copia del video, por lo que reiteramos lo solicitado en OTROSÍ, y además, la nulidad de las actuaciones posteriores a nuestras solicitudes.

1ª El auto que aquí se recurre se fundamenta, en nuestra opinión erróneamente, así

Dicho sea con el debido respeto, si ese falaz fundamento sienta precedente en la jurisprudencia española, nunca se juzgaría ningún plagio en ninguna tesis doctoral que se presentase en ninguna universidad española. Nos remitimos a todo lo ya alegado en el recurso que ya consta en autos y mantenemos publicado en Internet

www.miguelgallardo.es/recurso-tesis-plagiada.pdf

No solamente apelamos al "iura novit curia" del tribunal que se forme en la Audiencia Provincial de Madrid para la apelación, sino que pedimos expresamente que se inste la prejudicialidad europea por violación del derecho comunitario.

El artículo 41 ("Derecho a una buena administración") de la CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA (2000/C 364/01) en relación a los títulos académicos, y en este caso, el supremo que puede otorgar una universidad en el grado de doctor, posibilita la prejudicialidad europea que instamos.

2ª El auto que combatimos también dice textualmente:

Es necesario motivar por qué el plagio de una tesis no publicada prescribe. De ser así, todas las tesis no publicadas, de las que ni siquiera se publica quiénes formaron el tribunal, al cabo de 3 años, por fraudulentos y perversos que fueran los plagios, quedarían completamente impunes para siempre, sin que las posteriores publicaciones iniciaran y/o interrumpieran la prescripción. Reiteramos también aquí lo ya alegado en nuestro recurso anterior, ignorado en el auto que ahora recurrimos.

3ª Sin embargo, entendemos que los artículos 131 y antes también el 270, no son los adecuados para tipificar el FRAUDE ACADÉMICO que es también FRAUDE CIENTÍFICO. El fraude académico y/o científico por plagio daña múltiples bienes jurídicos públicos y por ello el que quien denuncia y aquí recurre desconozca lo que informa o impugna el Ministerio Fiscal resulta especialmente grave y es motivo de nulidad radical. El criterio de EL FISCAL debe ser público y publicable pero en todo caso, debe suspenderse todo plazo y actuación hasta que se conozca.

Sean cuales fueren los apellidos del fraude por plagio de una tesis doctoral, es un fraude subsumible en otros artículos del Código Penal, posiblemente en concurso de delitos, que insistimos en apelar por "iura novit curia" del tribunal que se forme en la Audiencia Provincial de Madrid, pidiendo expresamente que se inste por presunto fraude prejudicialidad europea por violación del derecho comunitario.

4ª El auto que combatimos en apelación vuelve a ignorar por completo el hecho 3º de la denuncia inicial y la nota de prensa de la Universidad Complutense de fecha 29 de julio de 2016, así como las alegaciones 3ª, 4ª, 5ª y 6ª, así como el relevante correo electrónico recibido del Ministerio de Educación Teseo de fecha 13 de septiembre de 2016, 10:10 aportado como documento 1. ¿Por qué en el año 2010 la Universidad Complutense no completó la tramitación previa a la publicación en la base de datos TESEO? ¿Por qué se emite un título de doctor sin haber completado toda la tramitación ante el Ministerio de Educación? ¿Por qué se ignoran de manera contumaz las responsabilidades de los funcionarios que formaron parte del tribunal o que emitieron un título de doctor fraudulento?

Considerando los muy relevantes documentos ya aportados por esta acusación, es evidente que existen indicios racionales de presunta prevaricación administrativa no prescrita.

En la denuncia inicial y en el recurso anterior se pedía que el Juzgado "requiera al rector de la Universidad Complutense copia de todos los expedientes sobre la tesis doctoral de César Acuña Peralta". Si se ignoran los documentos que se han aportado en la denuncia y en el recurso, el archivo por sobreseimiento provisional podrá ser levantado tan pronto se tenga acceso a cualquier dato o documento o testimonio o pericia relacionado con esos expedientes, pero también podría denunciarse o presentarse querella si no existe resolución motivada alguna al respecto por ser cosa no juzgada, ni instruida en lo más mínimo.

5ª El denunciante aquí recurrente en apelación ha podido saber que en el mismo departamento y área de conocimiento en el que se presentó la tesis plagiada tiene su plaza de "catedrática acreditada en la Universidad Complutense y profesora en el Departamento de Métodos de Investigación y Diagnóstico en Educación de la Facultad de Educación, donde desarrolla su actividad docente e investigadora" la actual vicerrectora de calidad de la Universidad Complutense, según se ve en

Vicerrectorado de Calidad - UCM-Universidad Complutense de Madrid

https://www.ucm.es/vicerrectorado-de-evaluacion-de-la-calidad

Vicerrectora de Calidad · María Castro Morera ... Es catedrática acreditada en la Universidad Complutense y profesora en el Departamento de Métodos de Investigación y Diagnóstico en Educación de la Facultad de Educación, donde desarrolla su actividad docente e investigadora.

También se ha conocido que ha trabajado como empleado de César Acuña quien fue Director General de Universidades del Gobierno de España, según se ve en

Ismael Crespo, asesor de César Acuña: HYPERLINK "http://elcomercio.pe/politica/elecciones/veo-dificil-que-cesar-acuna-repunte-dice-su-asesor-noticia-1883778""HYPERLINK "http://elcomercio.pe/politica/elecciones/veo-dificil-que-cesar-acuna-repunte-dice-su-asesor-noticia-1883778"Veo difícil que repunte ...

elcomercio.pe/.../veo-dificil-que-cesar-acuna-repunte-dice-su-asesor-noticia-1883778

3 mar. 2016 - "Veo difícil que César Acuña repunte", dice su asesor. Ismael Crespo, asesor español del candidato de APP, también criticó campaña de PPK ...

César Acuña: español Ismael Crespo es nuevo asesor de su ...

www.americatv.com.pe/.../cesar-acuna-espanol-ismael-crespo-nuevo-asesor-su-campa...

28 feb. 2016 - El comunicador español Ismael Crespo es el nuevo asesor de la campaña presidencial de César Acuña, luego de la salida del publicista ...

Ismael Crespo - Wikipedia, la enciclopedia libre

https://es.wikipedia.org/wiki/Ismael_Crespo

Ismael Crespo Martínez (n. 15 de abril de 1964), es un politólogo y americanista español, catedrático de Ciencia Política en la Universidad de Murcia y director del Departamento ... En 2000 fue nombrado Director General de Universidades del gobierno español , y posteriormente, en 2002, creó y dirigió la Agencia ...

Ismael Crespo. Sobre mi

www.ismaelcrespo.com/ismael-crespo/

Fui Director General de Universidades del gobierno español y creador de la ANECA. En 2012 fui elegido presidente de ALICE, Asociación Latinoamericana de ...

No acusamos aquí ni a la actual vicerrectora de la Universidad Complutense, ni al asesor empleado por César Acuña, entendemos que bien pagado, que fue director general de Universidades del gobierno español. Tampoco se puede asegurar que el presunto plagio lo haya cometido César Acuña Peralta, porque existen abundantes indicios detectables por expertos en técnicas de atribución de autoría de que él no ha plagiado nada de su tesis, sino que presuntamente alguien lo hizo por él como "negro literario" o "autor fantasma", y posiblemente sea un cómplice quien mejor pueda extorsionar a quien se benefició de un plagio del que no es autor, desde luego, mejor que quien haya sido ya acusado más o menos veladamente por alguno de sus abogados y sus colaboradores que han calumniado al denunciante (recuérdese la última pregunta de la ratificación de la denuncia y los últimos anexos del recurso sobre las calumniosas acusaciones de extorsión y chantaje).

Lo que sí que decimos es que la tutela judicial efectiva del artículo 24 de la CE solamente es realmente efectiva si garantiza el ejercicio de los derechos que emanan del artículo 105 de la CE, porque la opacidad universitaria en estas circunstancias es indicio de delitos contra la Administración nunca instruidos pese a las evidencias ya aportadas de que desde 2010 se conocían gravísimas irregularidades que impidieron la publicación en la base de datos TESEO del Ministerio de Educación, y nunca hubiera debido emitirse un título de doctor sin que consten los datos obligatorios publicados en TESEO. Si no está publicada en TESEO, ninguna tesis está formalmente completada y el título de doctor que se emita es fraudulento, como parece ser claro en este caso con indicios de presunta prevaricación administrativa no prescrita que debe ser documentada, en principio, con expedientes de la Universidad Complutense.

Por lo expuesto, al Juzgado se solicita que teniendo por presentado este escrito de apelación reiterando todo lo ya expuesto en el RECURSO DE REFORMA Y SUBSIDIARIO DE APELACIÓN con la documentación que se acompañó con él y también con la denuncia, la admita y estime anulando el auto 814/2016 de fecha 13.10.16 y consiguientemente también el de 9.3.17, practicando la única diligencia propuesta en la denuncia para que se requiera al rector de la Universidad Complutense copia de todos los expedientes sobre la tesis doctoral de César Acuña Peralta (que según el Ministerio de Educación nunca fue publicada).

OTROSÍ 1º digo que REITERAMOS LA SOLICITUD para que se proporcione a esta parte copia íntegra de todas las actuaciones con todos los escritos presentados por la defensa del acusado, cualquier escrito que conste del Ministerio Fiscal, y copia del vídeo de la comparecencia para la ratificación de la denuncia en CD virgen que se proporciona al efecto, dando plazo para ampliar esta apelación considerando con tiempo suficiente todo ello e instando la nulidad de cuantas resoluciones se dicten sin que hayamos recibido lo reiteradamente solicitado.

OTROSÍ 2º digo que REITERAMOS TAMBIÉN que, en caso de que la supuesta prescripción del plagio se mantenga desestimando este recurso, en resolución motivada se consideren expresamente los ya documentados indicios de delitos contra la Administración no prescritos que entendemos que deben ser instruidos en este procedimiento, o en pieza separada, o se pase a reparto, al menos, el punto 3º de la denuncia y lo correspondiente del recurso anterior (ignorado por el Juzgado) y en este escrito de apelación, entendiendo como cosa no juzgada lo que no sea efectivamente resuelto en resolución judicial suficientemente motivada.

OTROSÍ 3º digo, que ante la menor duda sobre el fondo del asunto y el precedente de impunidad en presuntos fraudes científicos y/o académicos, el tribunal de la Audiencia Provincial formule cuestión de prejudicialidad europea por violación de derecho comunitario, al menos, por lo dispuesto en el artículo 41 ("Derecho a una buena administración") de la CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA (2000/C 364/01) en relación a los títulos académicos, y en especial el máximo que otorga la universidad con grado de doctor, presuntamente fraudulento a la vista de la gravedad de los hechos e indicios ya documentados, considerando el principio de "iura novit curia". En todo caso, solicitamos que la resolución judicial que cierre la vía penal cuando no quepa recurso alguno, quede suficiente y expresamente motivada para iniciar procedimiento por violación de derecho comunitario por los hechos denunciados.

OTROSÍ 4º digo, que esta parte manifiesta su voluntad de haber cumplido en el presente escrito los requisitos exigidos por la Ley, pero en todo caso, las partes, el letrado y el procurador se comprometen a subsanar cualquier defecto que hubiera.

Por ser de hacer Justicia que pedimos en Madrid, con fechado en firma digital del abogado Dr. JOSÉ MANUEL LÓPEZ IGLESIAS, colegiado ICAM n.º 60.908.

Documento con firma digital en www.miguelgallardo.es/apela-tesis-plagiada.pdf

considerando el anterior recurso www.miguelgallardo.es/recurso-tesis-plagiada.pdf

y la denuncia inicial en http://www.cita.es/denuncia-tesis-plagiada.pdf

Juzgado de Instrucción 42 de Madrid

Diligencias Previas 2190/2016

Denunciante: Dr. Miguel Ángel Gallardo Ortiz, Procurador Miguel Torres Álvarez

Denunciado: César Acuña Peralta y quien resulte responsable en Universidad Complutense

Documento con firma digital en www.miguelgallardo.es/recurso-tesis-plagiada.pdf

?

D. MIGUEL TORRES ÁLVAREZ, procurador de los Tribunales colegiado en el Iltre. Colegio de Procuradores de Guadalajara, en nombre y representación del Dr. e Ing. MIGUEL ÁNGEL GALLARDO ORTIZ, con teléfono 902998352, fax 902998379 según consta acreditado en los autos, bajo la dirección técnica del abogado Dr. JOSÉ MANUEL LÓPEZ IGLESIAS, colegiado ICAM n.º 60.908, considerando el auto 814/2016 de fecha 13.10.16 con un sobreseimiento provisional al que nos oponemos, del que hemos tenido conocimiento por prensa peruana el 20.10.16 pero se nos notifica (por fax) el 20.1.17, como mejor proceda en derecho presentamos este recurso de reforma y subsidiario de apelación con estas ALEGACIONES:

1ª Del delito contra la propiedad intelectual (plagio) NO ESTÁ PRESCRITO. El auto que se recurre establece un plazo de prescripción de 3 años para el plagio, pero la tesis plagiada nunca fue publicada hasta que en enero de 2016 se difundió por Internet. Precisamente para poder conocer la fecha de publicación de la tesis, el denunciante se dirigió al registro de tesis del Ministerio de Educación obteniendo esta clara e inequívoca respuesta de Teseo <Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.;

Secretaría General de Universidades

S.G. de Coordinación y Seguimiento Universitario

"Las universidades españolas envían al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte la información de las tesis leídas en cada universidad, de forma que la información recibida se publica, tras la tramitación oportuna, a través de la aplicación Teseo. En el caso que indican, la tesis se encuentra sin publicar desde el año 2010, debido a que la universidad no ha completado la citada tramitación previa a la publicación".

Esa tesis de César Acuña Peralta ni siquiera está disponible en la biblioteca de investigadores según manifestó al denunciante Fernando Alcón, responsable del Servicio de Tesis Doctorales y Publicaciones Académicas Biblioteca Histórica Marqués de Valdecilla Universidad Complutense de Madrid en correo electrónico que se acompaña. Pero debemos insistir en que el doctorado y sus procedimientos no dependen únicamente de la Universidad Complutense y no puede admitirse la autonomía universitaria ante presuntos delitos. En todo caso, la publicación de una tesis depende del Ministerio de Educación, y no de ninguna universidad. Si la tesis no está publicada según la base de datos TESEO, no es pública y en este caso no puede ser más clara y contundente la manifestación escrita de la Secretaría General de Universidades que se adjunta en correo electrónico de 13.9.16.

¿Cuándo y cómo se conoció que la tesis denunciada contenía descarados plagios?

Salvo prueba en contrario (ni César Acuña Peralta ni ninguno de sus numerosos defensores, abogados o no, han siquiera cuestionado ni citado referencia alguna de publicación anterior, y el mismo César Acuña lo reconoce así a INDECOPI, mostrándose contrario a la difusión de sus tesis en redes sociales) la primera publicación de la tesis se produce en enero de 2016, concretamente en

[PDF] universidad complutense de madrid tesis doctoral - El Regional de Piura

www.elregionalpiura.com.pe/web-pdf/Tesis-doctoral-de-Cesar-Acuna-Peralta.pdf

CÉSAR ACUÑA PERALTA. DIRECTOR. DR JOSE MANUEL GARCIA RAMOS ...

La fecha de creación que aparece entre los metadatos de ese documento PDF es s.e.u.o. 26.1.2016 sin modificaciones posteriores (se obtiene visualizando las propiedades en cualquier programa lector de PDF como por ejemplo el popular y gratuito Adobe Acrobat Reader). Si existe alguna anterior al 26.1.2016 publicada en Internet o impresa por alguna editorial, sí que podría plantearse una posible (y siempre discutible) prescripción, pero salvo prueba en contrario, la más antigua publicación de la tesis, autorizada o no, es ésa que referenciamos, de hace menos de un año de la fecha de presentación de este recurso.

En caso de que exista algún contraindicio que evidenciara que existe una publicación anterior al 26.1.2016 (aunque insistimos en que es la base de datos TESEO la que indica si está publicada o no como tesis doctoral, según el Ministerio de Educación) sería relativamente fácil comprobarlo, pero mientras ni siquiera el mismo César Acuña Peralta cuestione que hasta enero de 2016 la tesis no fue publicada, su presunto delito no puede considerarse prescrito sea cual fuere el momento en el que se plagió, porque no se publicó hace más de tres años (que debieran ser 5 desde de su publicación formal).

2ª El auto judicial que aquí lealmente se combate viene a exigir para la imputabilidad "ánimo de obtener beneficio económico directo o indirecto y en perjuicio de un tercero". Sin embargo, lo que podría ser aplicable a una obra musical o literaria, o a un truco de magia, o cualquier creación artística, no es aplicable a una investigación científica o filosófica para obtener la máxima titulación académica universitaria.

El grado de doctor es un bien jurídico en sí mismo que debería ser celosamente protegido por la Administración de Justicia en general, por la Fiscalía en especial, y por toda la comunidad universitaria. La impunidad en el fraude doctoral tendría unas consecuencias gravísimas para toda la sociedad. Ignorar esta realidad tendría efectos devastadores en el ámbito universitario.

El ánimo de lucro de una tesis doctoral existe, y en este caso es más notorio aún que en la inmensa mayoría de las tesis doctorales, porque una universidad pública española otorgó el máximo grado académico al propietario de varias universidades privadas del Perú. Sin ese doctorado el fondo de comercio y la rentabilidad de sus negocios sería mucho menor. En caso de que se considerase que el plagio de una tesis doctoral no tiene ánimo de lucro, y por lo tanto nunca se delinque al plagiar, todos los documentos administrativos, sea cual fuere su finalidad y mérito, podrían plagia impunemente, al igual que sería impune el plagio de cualquier libro del que no se cobren derechos de autor o artículo en la más prestigiosa revista científica si el plagiador no cobrase una remuneración por ello. El fraude científico en general, y el plagio en particular, raras veces es directamente remunerado, pero siempre se comete por la ambición perversa de quien se apropia del trabajo ajeno.

Pero más allá del lucro, el título de doctor del que se jacta públicamente César Acuña Peralta, se interpreta como un mérito en su candidatura a la presidencia de la República del Perú. La mejor prueba de ello la da él mismo, con su propia voz, en

Cesar Acuña si soy doctor de verdad - YouTube

? 0:37

https://www.youtube.com/watch?v=iYpI3sJQQVo

29 ene. 2016 - Subido por increibles y asombrosos

Cesar Acuña si soy doctor de verdad ... César Hildebrandt: Siento una vergüenza futurista si Acuña es elegido ...

y en numerosas noticias sobre sus propias declaraciones, como

Cuando César Acuña aseguraba que él sí era doctor HYPERLINK "http://rpp.pe/politica/elecciones/cuando-cesar-acuna-aseguraba-que-el-si-era-doctor-de-verdad-noticia-933316""HYPERLINK "http://rpp.pe/politica/elecciones/cuando-cesar-acuna-aseguraba-que-el-si-era-doctor-de-verdad-noticia-933316"de verdadHYPERLINK "http://rpp.pe/politica/elecciones/cuando-cesar-acuna-aseguraba-que-el-si-era-doctor-de-verdad-noticia-933316""HYPERLINK "http://rpp.pe/politica/elecciones/cuando-cesar-acuna-aseguraba-que-el-si-era-doctor-de-verdad-noticia-933316" - RPP

rpp.pe › Elecciones

27 ene. 2016 - Fue durante la CADE cuando el candidato de APP afirmaba que su doctorado de la Complutense de Madrid era verídico. Aquí todos los

En rigor y en Justicia, mientras quien plagió reivindique públicamente como si fuera original la autoría de una tesis doctoral judicialmente denunciada, el delito no prescribe y cualquier mérito que se le atribuya es fraudulento, sea cual fuere su tipificación penal. El lucro de un doctor propietario de sus propias universidades, pero indigno de ser doctor, es tan obvio, que negarlo resulta tan difícil de combatir como cualquier negación de la evidencia más notoria.

3ª El auto que se recurre ignora por completo en su única motivación todo indicio de delitos contra la Administración pública presuntamente cometidos por funcionarios de la Universidad Complutense de Madrid. El auto no hace ni la menor referencia al punto 3º de la denuncia. Tampoco distingue una tesis doctoral que habilita para la docencia y la investigación de una simple canción o un simple panfleto plagiado. El bien jurídico a proteger no es una obra cualquiera, y el solemne acto de la defensa de la tesis forma parte de un procedimiento administrativo que, en el caso denunciado, presenta gravísimas irregularidades múltiples hasta el punto de que no están publicados en ninguna parte (debieran estarlo desde 2010 en la base de datos TESEO) los nombres de los 5 doctores miembros del tribunal de esa tesis. Y esos 5 doctores no solamente califican y aprueban o no la tesis, sino que deben informar sobre ello asumiendo sus propias responsabilidades. En este caso, el anonimato de todos los miembros del tribunal de la tesis de César Acuña Peralta no es sino una más de las múltiples irregularidades que son claros indicios de delitos contra la Administración presuntamente perpetrados por funcionarios públicos.

4ª El art. 24 del Código Penal es aplicable para este enjuiciamiento, porque dice:

1. A los efectos penales se reputará autoridad al que por sí solo o como miembro de alguna corporación, tribunal u órgano colegiado tenga mando o ejerza jurisdicción propia. En todo caso, tendrán la consideración de autoridad los miembros del Congreso de los Diputados, del Senado, de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas y del Parlamento Europeo. Se reputará también autoridad a los funcionarios del Ministerio Fiscal.

2. Se considerará funcionario público todo el que por disposición inmediata de la Ley o por elección o por nombramiento de autoridad competente participe en el ejercicio de funciones públicas.

Así, incluso si efectivamente el plagio en una tesis doctoral prescribiera a los 3 años (plazo que empezaría a contar cuando se hubiera publicado la tesis, y repetimos que no es el caso porque nunca se publicó ni puede consultarse), la prescripción para los delitos de prevaricación administrativa es de diez (10) AÑOS, y serían imputables a los doctores miembros del tribunal de la tesis, cuyos nombres se desconocen.

5ª Todo doctor ha tenido, como mínimo, un director de tesis que ha debido de informar favorablemente sobre la originalidad de la investigación. El director de la tesis es el primer responsable de todas las irregularidades detectadas en los hechos denunciados, y al igual que los 5 doctores miembros del tribunal, es funcionario público a los efectos de la imputabilidad del art. 24 del Código Penal. En este sentido, con independencia de cuándo se publicó (aunque nunca se publicase) la tesis doctoral presuntamente fraudulenta, es también de aplicación a este caso

Artículo 404.

A la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a diez años.

Si el juzgador no conoce ni siquiera qué informaron (o si no informaron) de la tesis doctoral presuntamente fraudulenta los desconocidos miembros del tribunal, ni si siendo injusta su resolución actuaron con dolo "a sabiendas", no procede el archivo sino, al menos, una mínima actividad probatoria documentando judicialmente el expediente ya abierto por la Universidad Complutense de Madrid en relación a los hechos denunciados, tal y como ya se solicitaba en la denuncia en

http://www.cita.es/denuncia-tesis-plagiada.pdf

5ª No es necesario que el juzgador sea doctor para entender que una cosa es el texto de una tesis doctoral, otra el procedimiento y otra el resultado con las habilitaciones de la titulación. Incluso si el texto fuera completamente original (que no lo es) y hubiera sido publicado (que no lo ha sido) y el plazo de prescripción fuera de nada más que 3 años (no hay referencia jurisprudencial alguna que así lo limite), el procedimiento administrativo fue irregular desde el principio hasta la actualidad, porque no se acreditó debidamente la titulación superior, todos los trámites han sido sistemáticamente encubiertos, se ocultan por completo tanto a sus responsables administrativos como a los académicos y no está publicada en la base de datos TESEO del Ministerio de Educación ni la más mínima reseña. Existen indicios racionales de presuntos delitos contra la Administración pública, en concurso y continuados, porque una ¿tesis "secreta"? (nadie puede consultarla) es, en sí misma, el cuerpo de un delito, o casi con toda probabilidad, de varios en concurso.

6ª Es cierto que la Universidad Complutense hubiera debido actuar de oficio. Pero es más cierto aún que el hecho de que no lo haga no hace sino aumentar los indicios racionales de corrupción universitaria internacional, perseguible de oficio y no solamente por las autoridades universitarias. La Fiscalía es la que debería liderar la lucha contra la corrupción universitaria, pero en ningún caso la monopoliza. Nadie puede corregirse a sí mismo, ni es admisible que ninguna institución pública, por muy respetable que sea la autonomía universitaria, escape al control judicial del Estado de Derecho. Están en juego aquí, al menos, arts. de la CE 9 (especialmente por la interdicción de la arbitrariedad), el 20 (derecho a dar y recibir información veraz que en este caso se oculta incluso lo que es obligatorio publicar), el 27 (derecho a la educación y autonomía universitaria "en los términos que la ley establezca" que en modo alguno establece ningún aforamiento especial en el ámbito penal y todos sus empleados y cargos públicos pueden ser inmediatamente investigados sin privilegio alguno por presuntos delitos contra la Administración pública) y el 105 (derecho de acceso archivos y registros públicos, ahora ocultados).

El denunciante ha solicitado información sobre la investigación del plagio a Luis Hernández Yáñez Vicerrector de Tecnologías de la Información de la Universidad Complutense de Madrid Tel.: 91 394 7319 / 7320 en su correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y también a la Secretaría de la Facultad de Educación en el correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y al departamento de Comunicación Institucional (prensa), sin que haya sido posible conseguir ninguna respuesta. También se contactó por teléfono con Félix en el gabinete de Marcial Marín Hellín titular de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, responsable de la base de datos TESEO y también se le envió un correo a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. sin respuesta. En todos los casos se informó de la denuncia publicada en www.cita.es/denuncia-tesis-plagiada.pdf y se insistió en solicitar los nombres de los miembros del tribunal de la tesis de César Acuña, que es una información pública y que debería estar publicada en www.educacion.gob.es/teseo/irGestionarConsulta.do

7ª Más allá de cuanto puede documentarse en Internet, o siendo imposible documentar más sin una mínima actividad instructora, lo que se evidencia es la opacidad como posible indicio de encubrimiento de un concurso de delitos relacionados con una tesis doctoral escandalosamente aprobada, incluso calificada con la nota de sobresaliente, en medio de varias "conspiraciones de silencio". El denunciante y su abogado quisieran que se pronunciaran al respecto instituciones como la UNESCO, Comisión Europea, Academia Iberoamericana de Doctores en Educación o Real Academia de Doctores de España. Nada le agradaría más al denunciante que todas esas entidades se pronunciaran "de oficio" sobre el fraude en las tesis doctorales en general, y en este caso denunciado en particular.

8ª Para fundamentar la acusación, tanto del plagio como de presuntos delitos contra la Administración Pública, es de aplicación la doctrina y jurisprudencia del art. 24 de la CE y del "ius ut procedatur" que se fundamenta, entre otras muchas, en la muy citada Sentencia TC 9/2008, de 21 de enero de 2008 (BOE núm. 40, de 15 de febrero de 2008) de la Sala Primera del Tribunal Constitucional, que dice así:

Por otra parte, y centrándonos en los elementos de interés para la resolución del presente caso, hemos de tener en cuenta que, si bien la Constitución no otorga ningún derecho fundamental a obtener condenas penales, ello no implica que la víctima del delito no tenga derecho, en los términos que prevea la legislación procesal pertinente, a acudir a un procedimiento judicial para la defensa de los mismos; y tampoco comporta que en el seno de dicho proceso no puedan verse lesionados sus derechos. Por ello, este Tribunal ha configurado el derecho de acción penal esencialmente como un ius ut procedatur, es decir, estrictamente como manifestación específica del derecho a la jurisdicción, que ha de enjuiciarse en sede de amparo constitucional desde la perspectiva del art. 24.1 CE y al que, desde luego, son aplicables las garantías del art. 24.2 CE (SSTC 41/1997, de 10 de marzo, FJ 5; 16/2001, de 29 de enero, FJ 4; 81/2002, de 22 de abril, FJ 2; 93/2003, de 19 de mayo, FJ 3; 21/2005, de 1 de febrero, FJ 4; 176/2006, de 5 de junio, FJ 2).

Ciertamente, como recuerda la STC 179/2004, de 21 de octubre, FJ 4, no existe una exigencia constitucional derivada de art. 24.1 CE que imponga la presencia en el proceso penal como parte de la acusación particular, pues en nuestro ordenamiento jurídico, la función acusadora aparece encomendada de manera primordial al Ministerio Fiscal (art. 124.1 CE y art. 3.4 de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto orgánico del Ministerio Fiscal, que era entonces el vigente). Ahora bien, el legislador ha optado por reconocer el derecho al ejercicio de la acción penal también a los particulares, y en concreto al agraviado o perjudicado por el delito o falta (acusador particular). Por tanto, el Ministerio Fiscal "no monopoliza la iniciativa y el ejercicio de la acción penal; en todo caso, junto a la acción pública, se reconoce al perjudicado el ius ut procedatur". Pero en este caso, se desconoce cualquier pronunciamiento de los representantes del Ministerio Fiscal sobre una muy discutible prescripción y sobre las numerosas y gravísimas irregularidades en las funciones públicas, y en la Universidad, como claros indicios de delitos contra la Administración.

9ª Tampoco es necesario ser doctor en nada para denunciar el procedimiento administrativo por el que se tituló a un doctor con indicios racionales de presuntos delitos contra la Administración pública. Pero tanto el denunciante como su abogado lo son, por lo que conocen por sí mismos los elementos de juicio para llegar a la conclusión de que debe instruirse judicialmente el asunto y todos los procedimientos irregulares, identificando con su nombre y apellidos a todos sus responsables, tanto administrativos, como académicos. En la denuncia no se piden unas diligencias muy costosas que pudieran afectar a terceros irresponsablemente. Únicamente se pide una mínima diligencia para requerir a una universidad pública un expediente que trata, precisamente, de lo que debería ser bien público pero se oculta con indicios racionales de encubrimiento por parte de funcionarios y cargos públicos.

10ª Resulta preocupante que la Fiscalía del Perú abra de oficio un procedimiento penal por el plagio de una tesis doctoral presentada, pero insistimos en que nunca publicada, en España. Véanse:

Fiscalía investiga a César Acuña por caso de plagio | Noticias del ...

larepublica.pe/.../738207-fiscalia-investiga-cesar-acuna-por-caso-de-plag...

2 feb. 2016 - Fiscal David Tapia comenzó investigación contra César Acuña el ... a su tesis doctoral presentada a la Universidad Complutense de Madrid.

Fiscal abrió investigación contra César Acuña por plagio | Diario Correo

diariocorreo.pe/.../fiscal-abrio-investigacion-contra-cesar-acuna-por-plag...

2 feb. 2016 - ... por el presunto plagio en la tesis doctoral del candidato por APP ante ... en su tesis doctoral ante la Universidad Complutense de Madrid (España). ... por parte del fiscal provincial David Tapia Santisteban, quien luego de ...

Ministerio Público investigará a César Acuña por plagios en su tesis ...

https://redaccion.lamula.pe/2016/...acuna...tesis.../redaccionmulera/

2 feb. 2016 - El fiscal Daniel Tapia inició una pesquisa de oficio en mérito a lo ... se inició la tarde del último viernes por parte del fiscal provincial David Tapia ... que la Complutense se apure en resolver caso de plagios en tesis de Acuña.

11º La denuncia fue ratificada por el Dr. e Ing. MIGUEL ÁNGEL GALLARDO ORTIZ ante el instructor que permitió todo tipo de preguntas a los abogados del denunciado siendo especialmente calumniosa la última pregunta porque se informaba más que se preguntaba de una investigación en el Perú por presunta extorsión a César Acuña Peralta. Esa pregunta calumniosa se acumula a varias manifestaciones contra el prestigio y el honor del Dr. e Ing. MIGUEL ÁNGEL GALLARDO ORTIZ que ha dado instrucciones a este letrado para que no permita ninguna calumnia contra el denunciante. Además, el lunes siguiente a la ratificación de la denuncia el Dr. e Ing. MIGUEL ÁNGEL GALLARDO ORTIZ presentó una denuncia en comisaría para que se investigase policial o judicialmente cualquier posible extorsión en la que se le mencionase considerando que la jefa de prensa del grupo político liderado por el denunciado César Acuña Peralta publicó en Twitter, textualmente: "Según fuentes de Madrid este señor Gallardo es chantajista profesional y tiene varias denuncias en su haber"

Se adjunta la denuncia presentada en Comisaría de Policía el 3.10.16 y en

http://www.miguelgallardo.es/chantaje-peruano.pdf

y también la contestación a las calumnias vertidas por el congresista peruano Richard Acuña, hijo del denunciado, y su "vocera" política Rocío Quispe en

http://www.cita.es/richard-acuna.pdf

Este letrado solicita el mismo celo instructor para defender al denunciante que el ya mostrado en otras diligencias, sin perjuicio de cualquier otro derechos que tanto al Dr. e Ing. MIGUEL ÁNGEL GALLARDO ORTIZ como a este letrado pueda corresponderles porque una denuncia de hechos ciertos, o al menos, expuestos con la máxima veracidad a nuestro alcance, nunca puede ser calumniosa, pero sí que es calumnia lo que el denunciante y este letrado vienen soportando hace meses.

En cualquier caso, si alguien ha pedido dinero al denunciado por retirar esta acusación, como se ha dicho en la comparecencia de ratificación de la denuncia por un abogado del denunciado, y esos hechos están siendo investigados por la Fiscalía del Perú, el Dr. e Ing. MIGUEL ÁNGEL GALLARDO ORTIZ tiene el máximo interés en colaborar activamente para identificar e imputar penalmente los delitos de los que él también sería víctima, porque no ha autorizado a nadie a nada parecido, bajo ningún concepto. Antes al contrario, como se puede ver en la denuncia presentada en Comisaría de Policía el 3.10.16, el Dr. e Ing. MIGUEL ÁNGEL GALLARDO ORTIZ quiere que se esclarezca lo que consta en este juzgado como presunta extorsión, según manifestó en sede judicial un abogado de César Acuña Peralta, para lo que es imprescindible que el denunciante disponga de copia íntegra de todas las actuaciones (hasta ahora solamente ha recibido notificación del auto que aquí se recurre) y del vídeo de la comparecencia del mismo denunciante para ratificar la denuncia en el que debe aclararse la última pregunta de la defensa de César Acuña Peralta, por entenderse que es presuntamente calumniosa.

Por lo expuesto, al Juzgado se solicita que teniendo por presentado este RECURSO DE REFORMA Y SUBSIDIARIO DE APELACIÓN con la documentación que se acompaña, la admita y estime anulando el auto 814/2016 de fecha 13.10.16 notificado (por fax) el 20.1.17, practicando la única diligencia propuesta en la denuncia para que se requiera al rector de la Universidad Complutense copia de todos los expedientes sobre la tesis doctoral de César Acuña Peralta (que según el Ministerio de Educación nunca fue publicada).

OTROSÍ 1º digo que se proporcione a esta parte copia íntegra de todas las actuaciones con todos los escritos presentados por la defensa del acusado, cualquier escrito que conste del Ministerio Fiscal, y copia del vídeo de la comparecencia para la ratificación de la denuncia en CD virgen que se proporciona al efecto, dando plazo para ampliar este recurso considerando con tiempo suficiente todo ello.

OTROSÍ 2º digo que en caso de que la supuesta prescripción del plagio se mantenga desestimando este recurso, en resolución motivada el juzgador indique si los indicios de delitos contra la Administración se han de instruir en este procedimiento, o en pieza separada, o se pase a reparto, al menos, el punto 3º y lo correspondiente de este recurso, entendiendo como cosa no juzgada lo que no sea efectivamente resuelto en resolución judicial motivada, con pie de recurso.

OTROSÍ 3º digo, que esta parte manifiesta su voluntad de haber cumplido en el presente escrito los requisitos exigidos por la Ley, pero en todo caso, las partes, el letrado y el procurador se comprometen a subsanar cualquier defecto que hubiera.

Por ser de hacer Justicia que pedimos en Madrid, con fechado en firma digital de abogado Dr. JOSÉ MANUEL LÓPEZ IGLESIAS, colegiado ICAM n.º 60.908.

Documento con firma digital en www.miguelgallardo.es/recurso-tesis-plagiada.pdf

Nota: Se adjuntan dos correos electrónicos relevantes para el enjuiciamiento de los hechos denunciados, ya mencionados con cita textual en este recurso de reforma y subsidiario de apelación, con denuncia en Comisaría de Policía del 3.10.16

http://www.miguelgallardo.es/chantaje-peruano.pdf

y también la contestación a las calumnias vertidas por el congresista peruano Richard Acuña, hijo del denunciado, y su "vocera" política Rocío Quispe en

http://www.cita.es/richard-acuna.pdf

Denuncia a la Policía

www.miguelgallardo.es/chantaje-peruano.pdf

Miguel Ángel Gallardo Ortiz, con domicilio en C/ Fernando Poo, 16 Piso 6º B 28045 Madrid, Tel. 902998352 y E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. como mejor proceda denuncia los siguientes HECHOS:

1º El pasado viernes 30.9.16 ratifiqué la denuncia penal que puede verse en Internet

www.cita.es/denuncia-tesis-plagiada.pdf en mi comparecencia ante el Juzgado de Instrucción 42 de Madrid en las Dil. Prev. 2190/2016 y en la última pregunta del interrogatorio que me hicieron como testigo denunciante el abogado CARLOS ALBERTO QUIÑONES VASQUEZ colegiado en el ICAM 81718 con dirección profesional está en la calle GOYA, 71, BAJO DERECHA 28001 MADRID afirmó que la Fiscalía del Perú estaba investigando una presunta extorsión a César Acuña Peralta, de manera que alguien estaba pidiendo dinero en el Perú para que yo retirase la denuncia que acababa de ratificar. Yo lo desconocía hasta entonces.

2º Anteriormente, persona a la que puedo identificar por sus datos en Internet

http://www.kas.de/wf/doc/kas_16015-1442-4-30.pdf?150602190706

ROCÍO QUISPE GARCÍA, Jefa de Comunicaciones y Prensa - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. Nueva sede: Av. General Garzón 730 Jesús María, Lima-Perú Telefax: (01)583-7641 - Celular: 988339049 RPM #734780 e-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. / Web: www.ampeperu.gob.pe

o bien con los datos de Radio Comas Pagina Oficial - Facebook

https://ca-es.facebook.com/radiocomas/?fref=nf

Rocio Quispe. Data i hora: 27 ... Lima 27 de junio de 2016 Jair Ramírez Almerí #990343623 / Rocío Quispe García 995954557 RPM *260740 Mostra'n més.

había publicado en Twitter lo siguiente

https://twitter.com/menopausica_rq/status/768451478507909120

Acciones de usuario

Seguir

Rocio QuispeHYPERLINK "https://twitter.com/menopausica_rq" HYPERLINK "https://twitter.com/menopausica_rq"@HYPERLINK "https://twitter.com/menopausica_rq"menopausica_rq

@miguelencita. Según fuentes de Madrid este señor Gallardo es chantajista profesional y tiene varias denuncias en su haber.

17:14 - 24 ago. 2016

Esa calumniosa acusación, aparentemente escrita desde el Perú en Twitter, junto a ciertas manifestaciones del congresista Richard Acuña hijo del también congresista César que yo he denunciado, fue respondida en su momento como puede verse en http://www.cita.es/richard-acuna.pdf

Estos dos hechos hacen suponer que se ha presentado alguna denuncia en el Perú que puede afectarme personalmente pero también, que es posible que alguien esté estafando haciendo creer a César Acuña Peralta, y a sus colaboradores, al menos al abogado CARLOS ALBERTO QUIÑONES VASQUEZ y a su jefa de prensa ROCÍO QUISPE GARCÍA, que actúa con algún tipo de consentimiento o complicidad. Nadie tiene más interés que yo en que se aclare cualquier duda o sospecha de que alguien pudiera pedir dinero en mi nombre, o en el de cuanto yo pueda representar o dependa de mí, en el Perú o en cualquier otro lugar.

Por si pudiera ser de utilidad, me parece cuanto menos sospechoso que el abogado CARLOS ALBERTO QUIÑONES VASQUEZ afirme que la Fiscalía del Perú ya investiga una presunta extorsión sin dar ningún nombre del extorsionador, aunque sí que me acuse a mí de chantaje desde el Perú ROCÍO QUISPE GARCÍA en Twitter. Considerando los antecedentes públicos y publicados de César Acuña Peralta, debe destacarse que la Fiscalía del Perú parece estar investigando los mismos hechos que yo denuncié y que ya instruye el Juzgado de Instrucción 42 de Madrid Dil. Prev. 2190/2016, y también que yo he tratado de contactar con el fiscal peruano David Tapia Santisteban de que pueden leerse entre otras muchas, las siguientes noticias:

La HYPERLINK "https://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=newssearch&cd=1&ved=0ahUKEwji_sKEm77PAhUBnBQKHZ5aC0YQqQIIHigAMAA&url=http%3A%2F%2Felcomercio.pe%2Fpolitica%2Felecciones%2Ftesis-cesar-acuna-bajo-ojo-fiscalia-noticia-1875385&usg=AFQjCNEMOQdvgbyvgRNm5_FoCQLXJR_QYw&sig2=-HG-xbxmsO4-X98ykbn_Wg"tesisHYPERLINK "https://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=newssearch&cd=1&ved=0ahUKEwji_sKEm77PAhUBnBQKHZ5aC0YQqQIIHigAMAA&url=http%3A%2F%2Felcomercio.pe%2Fpolitica%2Felecciones%2Ftesis-cesar-acuna-bajo-ojo-fiscalia-noticia-1875385&usg=AFQjCNEMOQdvgbyvgRNm5_FoCQLXJR_QYw&sig2=-HG-xbxmsO4-X98ykbn_Wg" de César HYPERLINK "https://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=newssearch&cd=1&ved=0ahUKEwji_sKEm77PAhUBnBQKHZ5aC0YQqQIIHigAMAA&url=http%3A%2F%2Felcomercio.pe%2Fpolitica%2Felecciones%2Ftesis-cesar-acuna-bajo-ojo-fiscalia-noticia-1875385&usg=AFQjCNEMOQdvgbyvgRNm5_FoCQLXJR_QYw&sig2=-HG-xbxmsO4-X98ykbn_Wg"AcuñaHYPERLINK "https://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=newssearch&cd=1&ved=0ahUKEwji_sKEm77PAhUBnBQKHZ5aC0YQqQIIHigAMAA&url=http%3A%2F%2Felcomercio.pe%2Fpolitica%2Felecciones%2Ftesis-cesar-acuna-bajo-ojo-fiscalia-noticia-1875385&usg=AFQjCNEMOQdvgbyvgRNm5_FoCQLXJR_QYw&sig2=-HG-xbxmsO4-X98ykbn_Wg" bajo el ojo de la fiscalía | El Comercio Perú

El Comercio-31 ene. 2016

... contra la Propiedad Intelectual, que dirige David Tapia Santisteban, abrió ... investigación preliminar a César Acuña por el plagio de su tesis ...

Caso HYPERLINK "http://www.americatv.com.pe/noticias/actualidad/caso-cesar-acuna-fiscalia-abre-investigacion-presunto-plagio-n217470"AcuñaHYPERLINK "http://www.americatv.com.pe/noticias/actualidad/caso-cesar-acuna-fiscalia-abre-investigacion-presunto-plagio-n217470": Fiscalía abre investigación por presunto HYPERLINK "http://www.americatv.com.pe/noticias/actualidad/caso-cesar-acuna-fiscalia-abre-investigacion-presunto-plagio-n217470"plagio

América Televisión-2 feb. 2016

Fiscalía abre investigación a César HYPERLINK "http://www.capital.com.pe/actualidad/fiscalia-abre-investigacion-a-cesar-acuna-por-caso-de-plagio-noticia-845972"AcuñaHYPERLINK "http://www.capital.com.pe/actualidad/fiscalia-abre-investigacion-a-cesar-acuna-por-caso-de-plagio-noticia-845972" por caso de HYPERLINK "http://www.capital.com.pe/actualidad/fiscalia-abre-investigacion-a-cesar-acuna-por-caso-de-plagio-noticia-845972"plagio

Radio Capital 96.7-2 feb. 2016

Fiscalía investiga a César HYPERLINK "http://larepublica.pe/politica/738207-fiscalia-investiga-cesar-acuna-por-caso-de-plagio"AcuñaHYPERLINK "http://larepublica.pe/politica/738207-fiscalia-investiga-cesar-acuna-por-caso-de-plagio" por caso de HYPERLINK "http://larepublica.pe/politica/738207-fiscalia-investiga-cesar-acuna-por-caso-de-plagio"plagio

International-LaRepública.pe-2 feb. 2016

?La Fiscalía abre investigación a César HYPERLINK "http://diariocorreo.pe/tema-del-dia/la-fiscalia-abre-investigacion-a-cesar-acuna-por-supuesto-plagio-650724/"AcuñaHYPERLINK "http://diariocorreo.pe/tema-del-dia/la-fiscalia-abre-investigacion-a-cesar-acuna-por-supuesto-plagio-650724/" por supuesto HYPERLINK "http://diariocorreo.pe/tema-del-dia/la-fiscalia-abre-investigacion-a-cesar-acuna-por-supuesto-plagio-650724/"plagio

International-Diario Correo-2 feb. 2016

También hay publicadas numerosas noticias de que la Universidad de Lima ha trasladado a la Fiscalía del Perú el expediente que resuelve que César Acuña plagió más obras académicas anteriores a la que yo he denunciado en Madrid. Basta poner en Google "César Acuña" plagio tesis para encontrar docenas o centenares.

Resulta muy sospechoso que haya tantas noticia publicadas sobre las acciones de la Fiscalía contra César Acuña Peralta y, sin embargo, hasta ahora, no se pueda encontrar ninguna sobre las acusaciones de extorsión, por mucho que se busquen.

En cualquier caso, el delito de extorsión, o la estafa por quien diga que yo voy a retirar una denuncia si se paga a quien sea que lo diga, debe ser investigado primero policialmente y después judicialmente por juzgado distinto al que ya instruye el presunto concurso de delitos contra la Administración pública que yo denuncié, de la misma manera que es el Juzgado Central de Instrucción 1 de la Audiencia Nacional el que instruye la presunta extorsión de AUSBANC y Manos Limpias y no los órganos judiciales en los que se instruye o juzga a los extorsionados, por lo que entiendo que es la Policía quien mejor puede confirmar los hechos que pude conocer el pasado viernes 30.9.16. Los hechos que instruye el Juzgado de Instrucción 42 de Madrid en las Dil. Prev. 2190/2016 tienen relación con los que aquí se denuncian, pero entiendo que son hechos distintos e investigables policialmente y enjuiciables separadamente, tanto en España como en el Perú. Entiendo que una cosa es la denuncia de un presunto delito, y otra distinta que alguien pida dinero por retirar esa denuncia, o por estafar haciendo creer que si se le paga puede hacer que se retire, o incluso, es otra cosa la posible falsa denuncia de algo de todo ello.

Por lo expuesto, solicito la intervención policial para el esclarecimiento de los hechos que he conocido por las manifestaciones escuchadas en el Juzgado de Instrucción 42 de Madrid en las Dil. Prev. 2190/2016 al abogado CARLOS ALBERTO QUIÑONES VASQUEZ colegiado en el ICAM 81718 con dirección profesional está en la calle GOYA, 71, BAJO DERECHA 28001 MADRID, mediante las pesquisas policiales que se consideren oportunas, a la mayor brevedad posible.

El denunciante queda a la disposición del funcionario de Policía, Fiscal o Juez que considere que los hechos aquí denunciados puedan tener relevancia penal. Tengo algunas sospechas y diversos datos difusos accesorios que yo preferiría trasladar directamente al funcionario público que considere que puedan ser de más utilidad considerando que ciertos hechos o indicios son complejos, y de sutil interpretación.

Esta denuncia se envía a una dirección electrónica de la UDEF (es la unidad policial que se ha publicado que investiga extorsiones o chantajes) en documento PDF con firma digital del denunciante que la publica para mayor facilidad de lectura, también en el Perú, en Internet www.miguelgallardo.es/chantaje-peruano.pdf

Fdo.: Miguel Ángel Gallardo Ortiz, domicilio en C/ Fernando Poo, 16 Piso 6º B 28045 Madrid, Tel. 902998352 y E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

RESPUESTA AL CONGRESISTA RICHARD ACUÑA por sus ataques a APEDANICA en el Teléfono (+34) 902998352 en Madrid y correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. publicada con firma digital en www.cita.es/richard-acuna.pdf

El congresista peruano (sería algo parecido a diputado en España) Richard Acuña (hijo del "todavía doctor" por la Universidad Complutense de Madrid César Acuña Peralta) ha hecho declaraciones públicas, y publicadas, sobre Miguel Gallardo y APEDANICA, como éstas:

http://rpp.pe/politica/judiciales/richard-acuna-aduce-que-denuncia-penal-contra-su-padre-en-espana-prescribio-noticia-989509

Denunciante. Sobre Miguel Gallardo, presidente de la Apedanica, asociación que se encargó de la denuncia en ese país, dijo que solo busca "tener presencia" y que tiene denuncias en su contra.

http://peru21.pe/politica/cesar-acuna-no-esta-preocupado-denuncia-penal-espana-segun-su-hijo-richard-2255418

También criticó al denunciante Miguel Gallardo, presidente de la Asociación para la Prevención y Estudios de Delitos, Abusos y Negligencias en Informática y Comunicaciones Avanzadas (Apedanica), de quien dijo "es una persona con denuncias que toma casos solo para tener presencia".

http://diariocorreo.pe/edicion/la-libertad/cesar-acuna-fuego-cruzado-por-denuncia-de-supuesto-plagio-694009/

Las alusiones personales que hace un congresista peruano deben contestarse con el respeto que merecen los ciudadanos que le votaron, muchos de ellos de buena fe pero otros, por lo que parece, informan mal a César y Richard Acuña que piensan o les hacen pensar que todos somos de su misma condición. ¿Lo somos?

Ignoramos qué denuncias tiene en su contra Miguel Gallardo, y a qué se refiere el congresista que así le menciona en la prensa peruana. Pero si sabe de alguna denuncia en contra de Miguel Gallardo, o contra APEDANICA, le invitamos a hacer pública toda la información que tenga contra él o contra la asociación APEDANICA.

Lamentablemente, me temo que el congresista Richard Acuña no ha leído bien la denuncia, cuyo punto tercero en la página 2 señala que hay indicios racionales de "corrupción universitaria internacional". Es cierto que APEDANICA y Miguel Gallardo quieren tener presencia, precisamente, para denunciar esa corrupción que afecta a todos los doctores, y a nuestra imagen. Hemos dirigido al embajador de España en el Perú, Ernesto de Zulueta Habsburgo-Lorena el escrito que puede verse publicado con firma digital certificada en http://www.cita.es/embajada-plagio.pdf

No solamente hemos denunciado plagio como repugnante delito contra la propiedad intelectual, sino más aún, un concurso de delitos complejos para que César Acuña Peralta pueda ostentar una dignidad que no merece. Para comprender la larga serie de perversiones universitarias detectadas, recomendamos este artículo

http://teleoleo-denuncia-penal-contra-cesar-acuna.lamula.pe/2016/09/18/la-denuncia-penal-presentada-contra-cesar-acuna-en-espana-es-aceptada/leoperezdurand/

También hemos recibido un calumnioso comentario en Twitter

https://twitter.com/menopausica_rq/status/768451478507909120

RocioHYPERLINK "https://twitter.com/menopausica_rq" HYPERLINK "https://twitter.com/menopausica_rq"QuispeHYPERLINK "https://twitter.com/menopausica_rq" @HYPERLINK "https://twitter.com/menopausica_rq"menopausicaHYPERLINK "https://twitter.com/menopausica_rq"_HYPERLINK "https://twitter.com/menopausica_rq"rqHYPERLINK "https://twitter.com/menopausica_rq" 10 min Hace 10 minutos

@miguelencita. Según fuentes de Madrid este señor Gallardo es chantajista profesional y tiene varias denuncias en su haber.

Nota: Nos han comentado que Rocío Quispe es empleada de César Acuña y parece tener por costumbre calumniar. Debemos insistir en preguntar por quienes creen que todos son de su misma condición y estamos muy atentos a su servicio de inteligencia en Madrid. Pueden verse referencias de Rocío Quispe en

http://www.andina.com.pe/agencia/noticia-cesar-acuna-cancela-entrevista-programa-mirada-electoral-de-agencia-andina-596125.aspx

Hoy Rocío Quispe, miembro del equipo de prensa de APP, confirmó a la Agencia Andina que el candidato presidencial decidió convocar a una conferencia de prensa a las 17:00 horas, a la misma hora de la entrevista cancelada.

Se espera que el líder del partido APP se pronuncie sobre la denuncia de presunto plagio de la tesis doctoral en la Universidad Complutense de Madrid, que apareció en un reportaje del diario El País. La casa de estudios anunció que ha iniciado una investigación de oficio para determinar el fraude.

El "servicio de inteligencia" de Richard y César Acuña en Madrid puede verse en

https://www.youtube.com/watch?v=cg95ssXDGV0

https://www.youtube.com/watch?v=oE1moMqS9mA

https://www.youtube.com/watch?v=vcBblctagu0

https://www.youtube.com/watch?v=TMxlo6rXRQ8

https://www.youtube.com/watch?v=pRlzCyJPJfU

https://www.youtube.com/watch?v=VDoU7xzYf-w

https://www.youtube.com/watch?v=lsVdpmcNgc4

https://www.youtube.com/watch?v=BTGNE7zu2dc

Los planes operativos de los agentes de Acuña en Madrid se revelan en

https://www.youtube.com/watch?v=zQg1AFTwsmo

https://www.youtube.com/watch?v=NUPhZRAOhwE

Aunque también hay "contrainteligencia" en Madrid como puede verse en

https://www.youtube.com/watch?v=KxniDx1Hnyg

https://www.youtube.com/watch?v=rPG9xXhVXfs

Más información y otras referencias "espiológicas", siempre muy atentos al Perú en Teléfono (+34) 902998352 en Madrid y correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Al Juzgado de Guardia de Madrid, DENUNCIA PUBLICADA con firma digital en Internet www.cita.es/denuncia-tesis-plagiada.pdf

Dr. (PhD) HYPERLINK "http://www.miguelgallardo.es/cv.pdf"Miguel Ángel Gallardo Ortiz, ingeniero, criminólogo, licenciado y doctor en Filosofía, perito en plagio complejo y presidente de la Asociación para la Prevención y Estudio de Delitos, Abusos y Negligencias en Informática y Comunicaciones Avanzadas (APEDANICA) Teléfono (+34) 902998352 Fax: 902998379 domicilio en calle Fernando Poo 16-6ºB, 28045 Madrid España @APEDANICA E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. como mejor proceda, presenta DENUNCIA PENAL por los siguientes HECHOS:

1º He tenido conocimiento de que la tesis doctoral de César Acuña Peralta, presentada en el año 2009 en la Universidad Complutense de Madrid es, al menos en una gran parte de su contenido, un burdo plagio por corta y pega de varios textos no citados, según se ha publicado en el Perú donde el denunciado es un relevante empresario y político que se presentó como candidato a la presidencia del Perú a las últimas elecciones. Basta poner en Google las palabras "plagio" y "César Acuña" para encontrar numerosas noticias en medios peruanos (pero ninguna relevante en España hasta ahora). Son especialmente llamativas las noticias de informativos de televisiones del Perú en reproducibles en YouTube sobre los plagios de César Acuña, pero solamente se adjuntan las pericialmente más relevantes aquí, por referenciar con gran precisión varios documentos originales plagiados de Internet en https://redaccion.lamula.pe/2016/01/29/le-hacemos-la-chamba-a-la-complutense-nuevas-pruebas-de-plagios-en-tesis-de-acuna/nayoaragon/ y la anterior http://www.lucidez.pe/politica/34513 entre otras en las que se aprecia que cada vez hay más evidencias del plagio de una tesis doctoral.

2º Con fecha 29.7.16 la Universidad Complutense publica esta "nota de prensa":

Madrid, 29 de julio de 2016. La Comisión de Doctorado de la Universidad Complutense, reunida con fecha 19 de julio de 2016, ha acordado instar al Rector que inicie un procedimiento de revisión de oficio del título de doctor de D. César Acuña.

Con fecha 4 de febrero de 2016, habiendo surgido dudas sobre la originalidad de la Tesis Doctoral defendida por el Sr. Acuña en la UCM en septiembre de 2009, y a la vista del informe preliminar elaborado al respecto por el Vicerrectorado de Tecnologías de la Información, el Rector acordó designar una Comisión de Expertos para que evaluaran si en la Tesis en su momento leída y defendida por el Sr. D. César Acuña Peralta concurría el requisito de originalidad exigido por el art. 38 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

La Comisión de Doctorado, reunida el pasado 19 de julio, concluye que todos los informes emitidos por los expertos integrantes de la Comisión nombrada por el Rector coinciden en señalar que la Tesis doctoral analizada incurre en deficiencias e irregularidades al incorporar, en algunas partes, textos sin aplicar los criterios de citación y de reconocimiento de la autoría ajena que son exigibles en la metodología científica. Considerando que tales deficiencias e irregularidades pudieran ser determinantes de que la Tesis del Sr. Acuña careciera del requisito de originalidad exigido por la legislación universitaria, la Comisión insta al Rector a iniciar un procedimiento de revisión de oficio, en el que se habrá de recabar informe del órgano consultivo autonómico, cuyas conclusiones serán vinculantes para la Universidad.

3º Sin perjuicio de cuanto pueda ser sancionable administrativamente, este denunciante entiende que el plagio en una tesis doctoral es, en sí mismo, un delito repugnante y perseguible de oficio. En este caso es también un claro indicio de que han existido otros presuntos delitos en concurso por las complejas relaciones del aquí denunciado y su red de universidades privadas en el Perú, con altos cargos y funcionarios públicos en la Universidad Complutense de Madrid. Según la página que dedica a César Acuña Wikipedia

https://es.wikipedia.org/wiki/C%C3%A9sar_Acu%C3%B1a

Como empresario en el campo de la educación es dueño del consorcio educativo Universidad Cesar Vallejo, Universidad Señor de Sipán y la Universidad Autónoma del Perú.

En el Web de la Universidad Complutense www.ucm.es hay un enlace relevante que dice:

[PDF] Vicerrectorado de RR.II. - Universidad Complutense de Madrid

Visita Rector Universidad Cesar Vallejo-Perú (7 Abril 2014).

y en el de la Universidad César Vallejo www.ucv.edu.pe otro más relevante aún que dice:

ucv firmó importante convenio con la universidad complutense de madrid...

19 jun. 2015 - Con el objetivo de ampliar los conocimientos y experiencias que aporten al desarrollo de sus docentes y estudiantes, la Universidad César Vallejo (UCV) suscribió un Convenio Marco de colaboración académica con la Universidad Complutense de Madrid (UCM), el cual busca fortalecer las relaciones científicas, culturales y académicas entre ambas instituciones.

Existe un presunto delito de plagio tipificado en el art. 270 y ss. del Código Penal, pero con indicios de corrupción universitaria internacional, desde una universidad pública de Madrid, con un todo un magnate de las universidades privadas del Perú.

4º En los últimos días, el aquí denunciante ha mantenido correspondencia por correo electrónico y Twitter con diversos interlocutores en el Perú, y ha enviado al Ministerio Público Fiscalía de la Nación del Perú, atn. Dr. Pablo Sánchez Velarde con copia para embajadas del Perú en Madrid y España en Lima documento adjunto HYPERLINK "https://docs.google.com/document/d/1TcOZOUDkZB_tEj9YCtnzTTqbH49PRtKNRyNDq3HnGIE/edit"publicado en www.cita.es/plagio-tesis y www.miguelgallardo.es/plagio-tesis.pdf

Previsiblemente en próximas fechas esta denuncia será ampliada porque la fiscalía del Perú ya lleva meses investigando los mismos hechos aquí denunciados que, por haberse presentado la tesis presuntamente plagiada en Madrid, entendemos que su principal investigación es competencia del juzgado de instrucción de Madrid al que corresponda.

Por lo expuesto, al Juzgado se solicita que teniendo por presentada esta denuncia con la documentación adjunta, requiera al rector de la Universidad Complutense copia de todos los expedientes sobre la tesis doctoral de César Acuña Peralta notificando a la mayor brevedad posible al aquí denunciante el número de diligencias mediante una llamada al teléfono 902998352 o un fax al 902998379 o email a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. para poder presentar más documentos y referencias sobre noticias relevantes y actuaciones judiciales en el Perú sobre estos hechos, por ser de hacer Justicia que pido en Madrid, a 1 de agosto de 2016.

Al Juzgado de Guardia de Madrid, DENUNCIA PUBLICADA con firma digital en Internet www.cita.es/denuncia-tesis-plagiada.pdf

Se adjuntan noticias relevantes sobre el plagio denunciado que están publicadas en Internet

https://redaccion.lamula.pe/2016/01/29/le-hacemos-la-chamba-a-la-complutense-nuevas-pruebas-de-plagios-en-tesis-de-acuna/nayoaragon/ y la anterior http://www.lucidez.pe/politica/34513 con nota de prensa citada y escrito a la Fiscalía del Perú en www.miguelgallardo.es/plagio-tesis.pdf

Ministerio Público Fiscalía de la Nación del Perú, atn. Dr. Pablo Sánchez Velarde con copia para embajadas del Perú en Madrid y España en Lima documento HYPERLINK "https://docs.google.com/document/d/1TcOZOUDkZB_tEj9YCtnzTTqbH49PRtKNRyNDq3HnGIE/edit"publicado en www.cita.es/plagio-tesis y www.miguelgallardo.es/plagio-tesis.pdf

Desde Madrid, he tenido conocimiento de que "La Fiscalía Provincial Especializada en Delitos Aduaneros y contra la Propiedad Intelectual abrió una investigación contra el candidato de Alianza Para el Progreso (APP), César Acuña por el presunto plagio en su tesis doctoral ante la Universidad Complutense de Madrid (España)", según diariocorreo.pe que referencia al fiscal David Tapia Santisteban.

Permítame presentarme como doctor y licenciado en Filosofía, además de criminólogo, por la Universidad Complutense de Madrid UCM e ingeniero por la UPM. Tengo el máximo interés por conocer las actuaciones de la Fiscalía en relación a plagios de tesis doctorales en España por múltiples motivos que resumo.

Los plagios universitarios no son casos aislados. Criminológica y criminalísticamente son indicios de delitos mucho mayores, casi siempre completamente impunes. En mi opinión, el director de una tesis plagiada es indigno de ser doctor, y todos los miembros del tribunal también deben ser inhabilitados. No viene al caso mi historia personal, pero puedo asegurar que me legitima moralmente para acusar, al menos, de corrupción universitaria en descarados conflictos de intereses que contaminan la producción científico-académica en universidades españolas públicas o privadas, y por extensión, la función pública y cuestionable reputación internacional de mi país.

El derecho penal es, no debe dejar de ser nunca, extremadamente garantista. Pero la criminología y la criminalística deben cuestionar sin complejos qué otros delitos comete quien plagia, y qué más plagios se admiten donde ya se admitió un plagio. Sin perjuicio del derecho de defensa de César Acuña, han de ser investigados por la Fiscalía de España su director y miembros del tribunal de tesis así como los posibles conflictos de intereses que puedan explicar indicios y hechos. Soy crítico con el rector de la Universidad Complutense, del que todavía espero una respuesta al documento en www.cita.es/rector-andradas.pdf Existe un perverso "efecto Drácula", de manera que prácticas corruptas en Harvard por extraños entes como www.cita.es/real-colegio-complutense.pdf infectan una falsa élite y extienden ese germen universitario corrupteloso por Europa e Iberoamérica. Mientras, la Filosofía corre el riesgo que denuncio en www.miguelgallardo.es/decano-ff.pdf y yo le pido a usted medios para enviar al fiscal documentos "ad hoc", más reservados y precisos.

Dr. (PhD) HYPERLINK "http://www.miguelgallardo.es/cv.pdf"Miguel Ángel Gallardo Ortiz, ingeniero, criminólogo, licenciado y doctor en Filosofía, perito en plagio complejo y presidente de la Asociación para la Prevención y Estudio de Delitos, Abusos y Negligencias en Informática y Comunicaciones Avanzadas (APEDANICA) Teléfono (+34) 902998352 Fax: 902998379 domicilio en calle Fernando Poo 16, 28045 Madrid España @APEDANICA E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. con enlaces en www.cita.es/plagio-tesis y www.miguelgallardo.es/plagio-tesis.pdf

Adjuntos:
ArchivoDescripciónTamañoCreado
Descargar este archivo (apela-tesis-plagiada.pdf)apela-tesis-plagiada.pdf 378 kB2017-03-28 08:51