Presidenta de Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia CNMC Cani Fernández y pagos con algoritmo de UBER investigado

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Corresponsal_Madrid 28 Enero 2022
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@miguelgallardo Dr. (PhD) Miguel Gallardo PERITO Tel.  (+34) 902998352 E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

@APEDANICA Asociación APEDANICA con registro del Ministerio del Interior www.cita.es/apedanica.pdf

Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia CNMC 

atn. presidenta Cani Fernández Vicién con responsable de CAJA FIJA y autoridades autonómicas en competencia y consumo por transparencia 

Solicitud publicada en www.miguelgallardo.es/transparencia-cnmc-uber.pdf   

Considerando la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y antecedentes que constan en archivos de la CNMC, y en especial, en el expediente DP/037/21 ALGORITMO UBER y en el 

 

escrito publicado en www.cita.es/uber-algoritmo-cnmc.pdf  

con antecedentes en https://cita.es/uber-competencia.pdf 

como mejor proceda solicitamos esta información pública:

 

1ª Pagos totales, realizados con fondos de la CNMC, a UBER y similares (CABIFY, MAXI MOBILITY, Lift, BOLT, Blablacar, etc.) por desplazamientos, desglosando los pagados mediante tarjeta de crédito o débito (¿cuántas tarjetas bancarias distintas en cuántas cuentas diferentes han sido utilizadas por cargos, funcionarios y empleados públicos en la CNMC?) o por los ANTICIPOS DE “CAJA FIJA”, o por adjudicaciones o cualquier otro tipo de pagos por desplazamientos a UBER o similares, con el mayor detalle posible especialmente en todos los pagados a UBER, según requiere la Intervención General de la Administración del Estado IGAE, tanto en desplazamientos por España, como en viajes internacionales pagados por CNMC, directa o indirectamente, por cualquier medio.

 

2ª Lo mismo sobre pagos de CNMC a taxis en España o extranjero.

 

3ª Expedientes de la CNMC relativos a conflictos de intereses o a relaciones con UBER y similares considerando la noticia sobre la presidenta Cani Fernández Vicién y sus relaciones con UBER en

https://www.cita.es/cani-fernandez-vicien-uber-cnmc.pdf 

https://www.eldiario.es/economia/presidenta-cnmc-toma-decisiones-empresas-asesoro-abogada_1_8676161.html

 

Aunque la Ley 19/2013 no requiere ni motivación ni justificación ni explicitar ningún fin de la información publicable solicitada, en aras de la eficacia y para evitar equívocos, se adjuntan tres solicitudes similares con datos y referencias que ya hemos registrado en cada una de las 17 Comunidades Autónomas, a cuyas autoridades en materia de competencia y consumo también solicitamos en este PDF de 4 páginas, incluyendo esta primera, para que se interesen, en cada autonomía, asegurándose que se responde a lo siguiente:

@miguelgallardo Dr. (PhD) Miguel Gallardo PERITO Tel.  (+34) 902998352 E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

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A quien corresponda en la Comunidad Autónoma por transparencia

Solicitud publicada en www.miguelgallardo.es/transparencia-comunidad-uber.pdf     

https://cita.es/transparencia-comunidad-uber-xunta-acusa.pdf https://cita.es/transparencia-comunidad-uber-murcia.pdf https://cita.es/transparencia-comunidad-uber-madrid.pdf   

Considerando la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y antecedentes que constan en archivos y registros autonómicos, como mejor proceda solicitamos esta información pública:

 

1ª Pagos totales realizados con fondos de la Comunidad Autónoma o de cualquiera de sus entidades dependientes, a UBER y similares (CABIFY, MAXI MOBILITY, Lift, BOLT, Blablacar, etc.) por desplazamientos, desglosando los pagados mediante tarjeta de crédito o débito (¿cuántas tarjetas bancarias distintas en cuántas cuentas diferentes han sido utilizadas por cargos, funcionarios y empleados públicos en la Comunidad Autónoma?) o por los ANTICIPOS DE “CAJA FIJA”, o por adjudicaciones o cualquier otro tipo de pagos por desplazamientos a UBER o similares, con el mayor detalle posible especialmente en todos los pagados a UBER, según requiere la Intervención General de la Administración del Estado IGAE, tanto en los desplazamientos por España, como en viajes internacionales pagados por la Comunidad Autónoma.

 

2ª Lo mismo sobre pagos a taxis en España o en el extranjero.

 

Aunque la Ley 19/2013 no requiere ni motivación ni justificación ni explicitar ningún fin de la información publicable solicitada, en aras de la eficacia y para evitar equívocos, se adjuntan dos solicitudes similares con datos y referencias para precisar la utilidad para la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia CNMC que investiga hechos relevantes en expediente DP/037/21 ALGORITMO UBER, con máximo interés y relevancia por cuanto se le pagase a UBER con fondos públicos por desplazamientos bien precisables.

 

La voluntad e intención de APEDANICA es publicar la evolución del pago con fondos públicos a UBER y similares frente al TAXI cada año, y aportar a las DP/037/21 ALGORITMO UBER en la CNMC todo cuanto pueda ser relevante para evidenciar irregularidades, aunque las cámaras o sindicaturas o tribunales de cuentas deberían fiscalizar y enjuiciar posibles reintegros por alcance en casos de abuso, y posiblemente, internacionalizar el estudio crítico de toda anomalía o especulación de UBER con la oferta y demanda de sus servicios, en el ámbito público, y por consumidores. Ver ANEXOS.

 

@miguelgallardo Dr. (PhD) Miguel Gallardo PERITO Tel.  (+34) 902998352 E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

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Agencia Española de Protección de Datos AEPD 

Atn. CAJA FIJA, Mar España Martí y secretaria general Mónica Bando Munugarren

Solicitud publicada en www.miguelgallardo.es/transparencia-aepd-uber.pdf    

https://cita.es/transparencia-aepd-uber-caja-fija.pdf   https://cita.es/transparencia-aepd-uber-justificante.pdf  https://cita.es/transparencia-aepd-uber-portal.pdf 

Considerando la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y antecedentes que constan en archivos y registros de la AEPD, como mejor proceda solicitamos estas informaciones públicas:

 

1ª Pagos totales realizados con fondos de la AEPD a UBER y similares (CABIFY, MAXI MOBILITY, Lift, BOLT, Blablacar, etc) por desplazamientos, desglosando los pagados mediante tarjeta de crédito o débito (¿cuántas tarjetas bancarias distintas en cuántas cuentas distintas se han utilizado por cargos, funcionarios y empleados públicos en la AEPD?) o por ANTICIPOS DE “CAJA FIJA”, o por adjudicaciones o cualquier otro tipo de pagos por desplazamientos a UBER o similares, con el mayor detalle posible especialmente en todos los pagados a UBER, según requiere la Intervención General de la Administración del Estado IGAE, tanto en España como en viajes internacionales pagados por la AEPD.

 

2ª Lo mismo sobre pagos a taxis en España o en el extranjero.

 

Aunque la Ley 19/2013 no requiere ni motivación ni justificación ni explicitar ningún fin de la información publicable solicitada, en aras de la eficacia y para evitar equívocos, se adjunta una solicitud similar con datos y referencias para precisar la utilidad para la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia CNMC que investiga hechos relevantes en expediente "DP/037/21 ALGORITMO UBER", con máximo interés y relevancia por cuanto se le pagase a UBER con fondos públicos por desplazamientos bien precisables.

 

La AEPD es la única entidad pública que tiene un registro para su CAJA FIJA en REDSARA, lo que hace suponer un especial celo en la identificación de los anticipos y pagos que son responsabilidad tanto del empleado público que se desplaza en UBER o similares o en TAXI, como por quienes supervisan y aprueban cada pago. La identidad de quien se desplaza en UBER pagado con fondos públicos no debería ser ocultada, y nada impide publicar los nombres de los empleados, funcionarios o cargos públicos, más aún cuando puedan ser irregulares, o no estar bien justificados, sin perjuicio de enjuiciamiento contable para reintegro por alcance, o incluso por presuntos delitos contra la Administración. Ver ANEXO

@miguelgallardo Dr. (PhD) Miguel Gallardo PERITO Tel.  (+34) 902998352 E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

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Ministerio de Trabajo y Economía Social por TRANSPARENCIA

Atn. ministra Yolanda Díaz Pérez, secretario de Estado Joaquín Pérez Rey, directora de Comunicación Virginia Uzal García o a quien sea más competente sobre lo aquí solicitado

Solicitud publicada en www.miguelgallardo.es/transparencia-tss-uber.pdf  

https://www.cita.es/reclama-trabajo-uber-justificante.pdf 

Considerando la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, como mejor proceda, SOLICITAMOS esta INFORMACIÓN PÚBLICA:

 

1ª Pagos totales realizados con fondos del Ministerio de Trabajo y Economía Social a UBER y similares (CABIFY, MAXI MOBILITY, Lift, BOLT, Blablacar, etc) por desplazamientos, desglosando los pagados mediante tarjeta de crédito o débito (¿cuántas tarjetas bancarias distintas en cuántas cuentas distintas se han utilizado por cargos, funcionarios y empleados públicos el Ministerio de Trabajo y Economía Social y sus entidades dependientes?) o por ANTICIPOS DE “CAJA FIJA”, o por adjudicaciones o cualquier otro tipo de pagos por desplazamientos a UBER o similares, con el mayor detalle posible en todos los de UBER, en cada comunidad autónoma, o ITSS, o consejería en la Administración Exterior o ante representaciones como la Unión Europea, o la Organización Internacional del Trabajo OIT, u otras entidades, regiones o países.

 

2ª Lo mismo sobre pagos a taxis o taxistas o similares.

 

Aunque la Ley 19/2013 no requiere ni motivación ni justificación ni explicitar ningún fin de la información publicable solicitada, en aras de la eficacia y para evitar equívocos precisamos que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia CNMC ya investiga hechos relevantes en expediente "DP/037/21 ALGORITMO UBER" que se comprenden leyendo los documentos PDF adjuntos y en Escrito publicado en www.cita.es/uber-algoritmo-cnmc.pdf  

con antecedentes en https://cita.es/uber-competencia.pdf 

APEDANICA tiene claros indicios de que ciertos pagos a UBER son desproporcionados por las diferencias entre consejerías de Trabajo como las de EEUU o Bélgica, o en representaciones de organismos internacionales, y las de países como Cuba o Venezuela y entre comunidades autónomas como a de las Islas Baleares, o Madrid, respecto a Extremadura, Galicia o Aragón. Considerando lo adjunto estamos a la disposición de todo funcionario que sea competente para dar las máximas facilidades y explicaciones “AD HOC”, en la convicción de que lo que pedimos es de creciente interés público.